En merito de lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región capital, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE SOBREVENIDAMENTE, la presente Acción de Amparo Constitucional incoada por el Abogado RICHERT GONZALEZ, inscrito en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el Nº 42.819, en su carácter de apoderado Judicial del Ciudadano ISAIAS RAMIREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 3.237.469 contra la empresa VIVIENDAS DE SALAMANCA C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 24 de Agosto de 2001, bajo el Nº 38, Tomo 579-A-Qto, cuya última Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 21 de mayo de 2007, inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda de fecha 15 de agosto.....