Este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: IMPROCEDENTE la solicitud formulada por la representación de la parte intimante en fecha 09 de mayo de 2013. Y ASÍ SE DECIDE.-