Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a las ciudadanas SAYDA NOHEMI SANCHEZ PEREZ y ROSA MARIBEL SANCHEZ ALVARADO venezolanas, mayores de edad, domiciliadas en esta ciudad de Guanare estado Portuguesa, titulares de la cédula de identidad Nros. V-14.333.371 y V-12.509.713, la existencia de su condición de Únicos y Universales Herederos, de la De Cujus DICHA RAFAELA PEREZ ALVARADO, titular de la cédula de identidad Nº V-9.251.106, y quien falleció ab intestato, el día 16 de Junio del año 2013, en esta ciudad de Guanare del estado Portuguesa, a causa de paro cardio respiratorio, metástasis múltiple. Sin que pretenda por e.....