-III-
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos HUGO JOSÉ GALLIPOLI FERRERO y CELIA VANESSA SALAZAR ORTÍZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la Cédula de identidad Nos. V-11.737.762 y V-16.900.977, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 20 de octubre de 2010 ante el Registro Civil de la Parroquia Caucaguita,, según se desprende del acta de matrimonio acta Nº 55, correspondiente al año 2010, la cual corre inserta a los folios 7 y 8 del presente expediente.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades correspondientes a los.....