DISPOSITIVA
En base a los planteamientos anteriormente expuestos, la Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso interpuesto por el abogado en ejercicio ROBERTO VELÁSQUEZ TAYUPO, en su carácter de defensor del imputado de autos WILMER JEANPIER ROSA MUÑOZ, en contra de la decisión dictada en fecha 17 de abril de 2007, por el Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia en lo Penal en función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad en contra de su patrocinado, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el literal b, del artículo 437 ejusdem.
Regístrese, publíquese, y déjese copia de la presente decisió.....