Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la demandada intentada por la ciudadana MARIA MILAGROS SEGOVIA NIEVES contra la sociedad mercantil PATIO SUPERMERCADO LAS MINAS por Cobro de Prestaciones Sociales condenándose a la demandada a cancelarle a la actora por todos los conceptos especificados en la parte motiva la cantidad de DOS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE BOLIVARES CON 5/100 (Bs.2.675.357,5) más el monto que arroje la experticia complementaria del fallo por intereses sobre Prestación de Antigüedad, intereses Moratorios y Corrección Monetaria.