"...Así visto el escrito de transacción cursante a los folios 13 al 17 y presentado por el ciudadano MARITZA RAMIREZ, titular de la C.I. V-15.858.950, asistido por la Abogada YAJAIRA RUIZ, IPSA Nº 65.603, en su carácter de parte oferida y la oferente GRAN HORIZONTE BAR RESTAURANT, C.A., en la persona de su abogado YARILLIS VIVAS, IPSA Nº 26.482, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES BOLIVARES CON CERO SIETE CENTIMOS (Bs.18.983,07), la que es pagada mediante un cheque de la empresa emitido por el Banco Provincial, Nº 03990283, de fecha 31-05-2016, a nombre del trabajador en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo .....