Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud formulada por el acusado SHANDY DANIEL CHIRINOS ARIZA, venezolano, Natural Maracaibo, del Estado Zulia, Fecha de nacimiento 22/03/79, de profesión u oficio comerciante, de estado civil concubino, de 30 años, residenciado en Puerto Ordaz estado Bolívar, Urbanización Teodokilda, manzana 128 casa numero 10, a quien se le sigue causa penal por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, en perjuicio de JOSE GREGORIO LARIOS CACERES, actualmente recluida en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas "El Marite", y ordena su traslado hasta la Cárcel Nacional de Maracaibo, donde permanecerá a la orden de este Juzgado y en calidad de procesada para la realización del.....