La pretensión deducida en el presente juicio es el desalojo, del inmueble dado en arrendamiento a la demandada, con fundamento en el literal del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, alegando como fundamento fáctico la falta de pago de los cánones de arrendamiento y gastos de mantenimiento desde Abril de 2008 hasta marzo de 2010, ambos inclusive; por su parte la demandada, alegó que el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes el 1 de Julio de 2004, y que cursa en autos, es a término fijo de un año; que la relación arrendaticia se extendió mediante sucesivos contratos de arrendamiento que las partes han suscrito anualmente en forma privada todos los primero de Julio de 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009, que a los fines de que la relación arrendaticia no se convirtiera en una tiempo indeterminado la arrendadora le enviaba anualmente comunicación en la cual le notificaban la renovación del alquiler y que los contratos estaban listos, produjo la demandada los co.....