En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada Sociedades Mercantiles Agroindustrial Mandioca, C.A., y Agropecuaria Mandioca C.A., y/o en la persona de sus apoderados judiciales, abogados Guillermo Gorrin Falcon y Francisco Novoa Sananéz, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 24.788 y 98.846, respectivamente de la decisión dictada en fecha 15 de noviembre de 2010 y su aclaratoria dictada en fecha 25 de mayo de 2011, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense Boleta de Notificación.