PRIMERO: De la revisión de las actas que integran la presente causa se evidencia, las asistencias al Equipo Multidisciplinario, así como consta el informe conductual y las conclusiones favorables del cumplimiento de imposición del Tribunal, según constancia suscrita por la LIC. GREDYS PINEDA donde dejan constancia de lo siguiente: "Es de menester señalar, que las orientaciones brindadas en relación a la violencia de genero, las mismas fueron impartidas en la sede del Equipo Multidisciplinario con el fin de promover cambios culturales e incentivar valores de respeto e igualdad entre hombres y mujeres" por otra parte, hasta la fecha en que se celebra la presente audiencia no existen antecedentes de que el ciudadano ALEJANDRO VELAZQUEZ SIERRA, haya incumplido las medidas de seguridad y protección dictadas a favor de la víctima, de manera entonces, que siendo, estas las condiciones impuestas y encontrarse perfectamente verificado su cumplimiento cabal, lo procedente será Decretar el SOBR.....