Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada YESCENIA RODRÍGUEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora contra la sentencia dictada el 27 de septiembre del 2013 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en consecuencia, SEGUNDO: Se revoca la sentencia dictada el 27 de septiembre del 2013, que ordenó la sustitución de la primera medida de prohibición de enajenar y gravar dictada en el presente juicio. TERCERO: Se ordena al Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, decrete nuevamente medida.....