DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en funciones de Ejecución, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley resolvió:
PRIMERO: Rectificar el error incurrido en el apellido del sancionado, el cual se transcribió en las últimas órdenes de captura libradas en su contra por contumacia, siendo lo correcto (omitido), en consecuencia, queda a salvo la identidad del compareciente Cortez García Luís Alfredo, titular de la Cédula de identidad 20.119.103, de conformidad con el artículo 176 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Dejar sin efecto las órdenes de captura libradas en fecha 12-06-2014 con Oficio números 794, 795 y 796 y en fecha 10-10-2014 con oficio 1313, 1314 y 1315, dirigidas a las autoridades competentes, advirtiendo de la rectificación del error aquí decretado.
TERCERO: Líbrense nuevas órdenes de captura con.....