Se dictó auto mediante la cual se declaró inadmisible el capítulo denominado merito favorable de los autos, y se admitió las pruebas promovidas en los capítulos II, III y IV, Asimismo, se fijó el Tercer (3er.) Día De Despacho Siguiente al Presente Auto a las10:00 a.m., y a las 11:00 a.m., a fin de que tenga lugar la declaración de los ciudadanos Luís Pérez Morales y Silvia Valderrama, respectivamente, al Cuarto (4to) día de despacho siguiente al presente auto, a las 10:00 a.m., a fin de que tenga lugar la declaración del ciudadano Jorge Luis Beltran Madrugo, y 11:00 a.m., la declaración de la ciudadana Elis Ada Maria Acevedo Torres, con pasaporte Nº AP272038, en su orden, y al quinto (5to) DÍA de despacho siguiente al presente auto, a las 10:00 a.m., a fin de que tenga lugar la declaración del ciudadano Pedro Delgado Machado. Igualmente, se acordó oficiar a la Dirección de Evaluación y Diagnostico Mental Forense del Cuerpo de Investigación Científica Penal y Criminalistica.