IV.- DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la apelación interpuesta el 24.05.2006 (f. 75), por la ciudadana Luz Yazmín Iturbe Mariani, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadana FRANCIA ITURBE MARIANI, asistida de abogado, contra la decisión interlocutoria con fuerza de definitiva dictada el 16.05.2006 (f. 69), por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró improcedente in limine litis la acción interdictal restitutoria incoada por la ciudadana FRANCIA ITURBE MARIANI contra el ciudadano GUILLERMO RAMÍREZ.
SEGUNDO: Queda así revocado el auto del 15.06.2006, d.....