Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 08 de junio de 2011, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Virgilio Franco contra Servicios de Mantenimiento Riam, C.A, y Salón de Diversiones Premier C.A., (Operadora de Fondo de Comercio Bingo Premier). TERCERO: SE CONFIRMA la decisión apelada.-
No hay condenatoria en costas, en virtud de lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-