DISPOSITIVA: UNICO: Se declara CON LUGAR la solicitud de la Defensa y en consecuencia, se decreta Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, a favor del acusado FERNANDO RAFAEL GONZALEZ OSUMA, ampliamente identificado en autos anteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, ordinales 3º, 4º y 6º, del Cödigo Orgániuco Procesal Penal, al haberse vencido el lapso legal de dos (02) años de detención, sin juicio oral y público, conforme lo dispuesto en el artículo 244 ejusdem. En consecuencia se le impone del deber de: presentarse periodicamente cada ocho (08) días ante este Tribunal, prohibición de salida del Área Metropolitana de Caracas, sin la autorización de este Tribunal y prohibición de acercamiento a la víctima, ciudadano LAUREAMO MATOS MUÑOZ, ordenándose su inmediata libertad, para l o cual se acuerda oficiar a la Dirección de la Casa de reeducación, Rehabilitación e Internado Judicial El paraíso. La Planta, remitiendo Boleta de Excarcelación, a fin d.....