Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto por la abogada María Henrika Caraballo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.426, actuando su carácter de apoderada judicial de la FUNDACIÓN EDITORIAL SALESIANA.
En consecuencia, se ANULA la Consulta DCR-5-31696-7374 de fecha 24 de octubre de 2006, emanada de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual declaró improcedente la solicitud de exención del pago de Impuesto Sobre la Renta.
No se condena en costas procesales a la República, en virtud del criterio establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Sentencia N° 1238 del 30 de septiembre de 2009, Caso: Julián Isaías Rodríguez Díaz.