Este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el inmueble describe a continuación: "...Distinguido con el Nro. 62-B de la Planta Sexta (6ta) del Edificio "RESIDENCIAS SANTANDER", ubicado en la Avenida Francisco de Paula Santander, lugar denominado el Empedrado, San Martín, Jurisdicción Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital cuyo Propietario es el demandado ciudadano anteriormente señalado, según documento Protocolizado por ante el Registro Publico del Sexto Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital en fecha 09/10/1992, bajo el Nro. 49, Tomo 09, Protocolo Primero y en liberación de hipoteca en Primer Grado debidamente registrada por ante el mismo Registro Publico en fecha 26 de julio .....