Con fuerza en las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, la Juez Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se DECLARA INCOMPETENTE en razón de la cuantía para conocer de la presente causa intentada por la ciudadana GRACIELA GÓBICH, asistida por los ciudadanos CARLOS ALBERTO URIBE ADRIANZA y LÉMIYER DANIEL ZAPATA URIBE, contra los ciudadanos ALEXANDER JESÚS ROSALES MALAVE y JENNY MARILYN TORTOLERO CEDEÑO, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, ambas partes anteriormente identificadas, y en consecuencia, plantea el conflicto negativo de competencia.