DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la acción incoada por la ciudadana ROSA MARINA QUINTERO contra el MUNICIPIO CARONI DEL ESTADO BOLIVAR. De conformidad con lo establecido en los ordinales 6 y 7 del artículo 88 de la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal se condena al MUNICIPIO CARONI DEL ESTADO BOLIVAR por organo de la Alcaldía a cancelarle a la ciudadana ROSA MARINA QUINTERO la cantidad de SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 7.200.000,00) por Indemnización contemplada en el Artículo 110 de la Ley Orgánica del Trabajo, así como lo correspondiente por intereses moratorios e indexación judicial en los términos establecidos en la parte motiva del fallo.
SEGUNDO: Se condena en costas al MUNICIPIO CARONI DEL .....