PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales incoara JAIME PAZ CASTILLO en contra la FUNDACION JOSE ANTONIO Y CARMEN CALCAÑO, CENTRO DE ESTUDIOS MUSICALES JOSE ANTONIO CALCAÑO C.E.M.J.A.C ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de esta decisión.- SEGUNDO: Se condena a la demandada a pagar los siguientes conceptos: Prestación de antigüedad, Vacaciones y Bono Vacacional 2002-2003, 2003-2004, 2004-2005, Bono Vacacional fraccionado, Vacaciones fraccionadas, Utilidades y Utilidades fraccionadas, y las indemnizaciones del artículo 125 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, especificados en la motiva de la presente decisión; así como los intereses y la indexación sobre la prestación de antigüedad, que serán calculados por experticia complementaria del fallo y la misma se practicara según los siguientes parámetros: 1º) Será realizada por un único experto designado por el Tribunal; 2º) Quien considerará las tasas de interés fijadas por el Banco C.....