Con fuerza en los fundamentos de hecho y de Derecho precedentemente expuestos, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO intentó la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA NSM, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 03 de julio de 2008, bajo el Nº 55, Tomo 1841- A-Qto., representada en el proceso por los ciudadanos JUAN CARLOS TRIVELLA, MARIO EDUARDO TRIVELLA, RUBEN MAESTRE WILLS y PABLO ANDRES TRIVELLA, Abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 14.823, 55.456, 97.713 y 162.584, respectivamente; contra el ciudadano IRINEO PERNÍA PERNÍA, venezolano, mayor de edad y titular .....