Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Noveno (9º) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la Solicitud de Medida Cautelar Innominada de suspensión de los efectos del ACTO ADMINISTRATIVO de efectos particulares, contenido en la CERTIFICACION N° CMO: CAP-0142-2021, de fecha 06 de de agosto de 2021, que se tramita en el EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N° VAR-43-IE16-0022, dictado por la GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES DEL DISTRITO CAPITAL, ente adscrito al INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES, (INPSASEL), formulada por el ciudadano: Mario Alcino Monteiro, de nacionalidad Portuguesa y titular del Pasaporte Extranjero N° CB804107, en su condición de administrador único y representante de la entidad de trabajo, asistido por la.....