Ordena que la presente investigación prosiga por las disposiciones del procedimiento ordinario, de conformidad con el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, y ordena asimismo la libertad sin restricciones del ciudadano ANTONIO ROSAS LÓPEZ, titular de la cédula de identidad No 5.564.027, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO FRUSTRADO, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinal 8º del Código Penal en relación con lo establecido en el artículo 80, segundo aparte del Código Penal, al no encontrarse llenos los extremos exigidos en sus numerales 1º y 2º del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, para considerar acreditado el delito calificado por la Fiscalía así como los suficientes elementos de convicción de que el imputado es autor del mismo, en atención a que solo obra en contra de éste, un acta policial suscrita por el Funcionario Lelis Fernández adscrito a la Policía Municipal de Baruta, quien actuó en compañía del funcionario.....