esta Sala de Juicio I del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente Conversión de la Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos DENISSE LORENA URIEPERO GARCIA y ALFREDO ANDRADE GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.827.023 y 8.709.284, respectivamente, contraído ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Cristo de Aranza, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, en fecha 23 de Octubre de 1.999.
Liquídese la Comunidad Conyugal
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio I del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los (23) d.....