Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por NULIDAD DE ACTO ADMISNITRATIVO incoara el ciudadano la Sociedad Mercantil INVERSIONES ALIBABA, C.A., contra la República Bolivariana de Venezuela por Órgano del Poder Popular para las Finanzas a través del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, ampliamente identificados el inicio de esta decisión, DECLARA: Se insta al accionante a adecuar el libelo de la demanda que dio inicio a estas actuaciones, en un lapso que no exceda de treinta (30) días continuos, a los criterios esgrimidos en el fallo dictado por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo, en fecha 24 de febrero de 2010.
Dada la naturaleza del .....