TERCERO
DISPOSITIVA
Con base en los argumentos tanto de hechos como de derechos supra-explanados en este Juzgado, conforme a lo establecido en el artículo 646 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: A tenor de lo dispuesto en el artículo 645 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, adminiculado con lo establecido en el literal “h” del artículo 647 Ibidem, se acuerda CESAR, como en efecto se cesa en este mismo acto, la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por consiguiente se le otorga al sancionado SE OMITE IDENTIDAD su LIBERTAD PLENA. SEGUNDO: Como quiera que la presente decisión no fue pronunciado en audiencia líbrense las correspondientes notificaciones a la partes, tal y como lo impetra el artículo 182 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente conforme a la remisión a que llama el artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Ni.....