Por las razones anteriores, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado LUIS MIGUEL GARCIA GONZALEZ, contra la sentencia definitiva dictada oralmente en fecha 27 de octubre de 2017 y en extenso en fecha 6 de noviembre de 2017, por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, la cual queda modificada.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la falta de cualidad, alegada por la representación judicial de la parte demandada.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por los ciudadanos VITTORIO CETRULLO BALACCO y ROBERTO BONIELLO SANSEVIERO, contra la sociedad mercantil JOYAS PARA TODAS, C.A......