Al penado YARZA SÁNCHEZ GIOVANNY ORLANDO, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.241.383, le proceden, previa verificación de los requisitos de Ley:
Destacamento de Trabajo: La cuarta parte de la pena, cuyo cumplimiento deberá verificarse para optar a la Medida al transcurrir CINCO (05) AÑOS, CUATRO (04) DÍAS Y CUATRO (04) HORAS y como quiera que el penado ha cumplido de la pena impuesta un tiempo de ONCE (11) AÑOS, SIETE (07) MESES Y VEINTITRÉS (23) DÍAS, ya opta por esta medida, previo cumplimiento de los requisitos de Ley, y sin que ello indique que sea procedente.
RÉGIMEN ABIERTO: La tercera parte de la pena de es al transcurrir SEIS (06) AÑOS, OCHO (08) MESES, CINCO (05) DÍAS, TRECE (13) HORAS Y VEINTE (20) MINUTOS, y en virtud que el penado ha cumplido de la pena impuesta un lapso de ONCE (11) AÑOS, SIETE (07) MESES Y VEINTITRÉS (23) DÍAS, es por lo que opta por esta medida, sin que ello signifique que sea procedente.
LIBERTAD CONDICIONAL: Las dos terceras partes.....