DISPOSITIVO
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS , administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la Tacha de Testigos alegada por la demandada, en la Audiencia de Juicio de fecha 25 de marzo de 2008, por no estar incursa en las causales de tacha señaladas en la Ley, Sin embargo quedan desechados los Testigos antes identificados por parte de la actora, por tener interés en el presente juicio y se da valor probatorio alguno. SEGUNDO: SIN LUGAR, la Falta de Cualidad alegada por la parte demandada en su escrito de contestación de la demanda. TERCERO: CON LUGAR la Solicitud por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por la ciudadana KARINA PEREZ RANGEL contra la OFICINA NACIONAL DE IDENTIFICACION Y EXTRANJERIA (.....