Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por prestaciones sociales y otros conceptos, interpuso los ciudadanos MARLENE JOSEFINA GALINDEZ ORTEGA Y OTROS contra COOPERATIVA SEGURIDAD Y CUSTODIA LA FORTALEZA, ambas partes debidamente identificadas en autos. Condenándose a ésta ultima al pago de la cantidad de Bolívares OCHENTA MIL SEISCIENTOS DIECISEIS BOLIVARES FUERTES CON TREINTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.80.616,35), por concepto de Vacaciones; Bono Vacacional; Utilidades; antigüedad artículo 108 de la LOT., Indemnización de Despido Injustificado por el artículo 125 de la LOT, Cesta ticket, Bono nocturno, más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo, en.....