Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los Artículos 12, 242, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, en fecha 13 de mayo de 1997, contra la decisión dictada el 18 de abril de 1997, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la demanda y condenó a la demandada al pago de la cantidad demandada.
Segundo: SE CONFIRMA con la motivación aquí expresada el fallo recurrido, dictado por el Juzgado Primero de Prim.....