Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas declara INCOMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado por los Juzgados Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y el Circuito de Protección del Niño y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 3, en consecuencia, declina la competencia en la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, y se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la referida Sala.
Por la naturaleza de esta decisión, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la misma.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicia.....