PRIMERO: CONDENA al ciudadano ROUSO ESNI MESÍA APONTE, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 15-03-1973, de profesión u oficio panadero, nivel de instrucción primer grado en la actualidad estudiando en la Misión Robinson del Internado Judicial El Rodeo I, residenciado en Los Valles del Tuy, Puente Carrera Santa Teresa, Sector Puente Carrera, Calle El Cují, casa sin número, Estado Miranda e Indocumentado, a cumplir la pena de diez (10) años, un (01) mes, siete (07) días y doce (12) horas de prisión, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y FUGA DE DETENIDO tipificados en los artículos 458 y 258 del Código Penal, en relación con los artículos 37, 74 ordinal 4º, 88 Ejusdem, estableciendo como fecha provisional de cumplimiento de la pena el día 02-07-2018, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, asimismo, se le impone de la pena accesoria prevista en el artículo 16 ordinales 1° y 2º del Código Penal.....