Con base a las consideraciones anteriormente expresadas, y al tratarse de una solicitud cuya génesis es de carácter graciosa, donde no se dirimen conflictos intersubjectivos, lo ajustado a derecho es declarar IMPROPONIBLE la referida SOLICITUD. Y así se establece.
EL JUEZ
Abg. DIEGO ARAUJO AGUILAR
				EL SECRETARIO
                       Abg. MARIO COLOMBO