-IV-
DISPOSITIVA
En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de cobro de bolívares vía intimación, intentada por los ciudadanos EDWARD RAMÓN COLINA CARRASQUERO, JHONNY MENDOZA y CARLOS DAVID MARTÍNEZ MORA, actuando como endosatarios a título de procuración del ciudadano RODOLFO GARCÍA, en contra de la ciudadana BRENDA GREISMAR RODRÍGUEZ GARCÍA, todos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a cancelar a la parte actora la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.000,00), por concepto del capital adeudado.
TERCERO: Se condena a la parte demandada a cancelar a la parte actora la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLÍVA.....