CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por la ciudadana MARIA ALEJANDRA REYES RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-26.901.452, en contra del ciudadano LARRY ALEJANDRO MENDEZ ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-20.725.899. En consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos el día veinte (20) de noviembre de 2020, por ante el la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Chacao, Municipio Chacao, Estado Miranda, cuya acta quedó inserta bajo el Nº 180, de fecha 20 de noviembre de 2020, del Libro de Registro Civil de Matrimonios del año 2020.