PRIMERO: Vista la solicitud de la representante del Ministerio Público a la cual se adhirió la Defensa, escuchado lo expuesto por el joven adulto y su hermana esta Juzgadora considera procedente la solicitud del Ministerio Público y en consecuencia se acuerda APERTURAR LA INCIDENCIA, a los fines de que el joven NOMBRE Y DATOS FILIATORIOS OMITIDOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, comparezcan por ante este Tribunal el día miércoles 30-06-2010 a las 9:30 horas de la mañana y traiga a la audiencia las constancias médicas que justifiquen el incumplimiento de la medida de Libertad Asistida que le fue impuesta por el lapso de un (01) año, en consecuencia se acuerda el egreso del joven de la División de Patrullaje Motorizado del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana. SEGUNDO: Fijar audiencia de cierre de incidencia para el día miércoles 30-06-2010 a las 9:30 horas de la mañana, a los fines que se .....