-II-
En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Sala de Juicio Nº 9 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Levanta la Medida de Embargo decretada mediante decisión dictada por este Tribunal, en fecha veintitrés (23) de Febrero del año 1999, sobre el sueldo y prestaciones sociales del obligado alimentario, JOSE DEL CRISTO VASQUEZ y participada según comunicación N° 724 de fecha cinco (5) de Marzo del referido año; al Jefe de Personal de las Empresas Unidas del Zulia S.A., en tal virtud, se acuerda oficiar a la referida empresa, participándosele que deberán hacer entrega del monto ofrecido en vida por el de-cujus JOSE DEL CRISTO VASQUEZ BENCOMO, quien era titular de la cédula de identidad Nº V-1.405.911 para sus hijos, de las Prestaciones Sociales que le corresponden, y el cua.....