Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana CELIA ROSA BRICEÑO BRUGUERA, en su carácter de tenedora legítima en procuración de la letra de cambio intimada, contra los ciudadanos VICENZO ESPOSITO MASTROIANNI y GRAZIA MARIA VIOLANTE DE ESPOSITO todos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, ciudadanos VICENZO ESPOSITO MASTROIANNI y GRAZIA MARIA VIOLANTE DE ESPOSITO todos plenamente identificados en autos, a pagarle a la parte actora ciudadana CELIA ROSA BRICEÑO BRUGUERA, antes identificada, la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 250.000,00), por concepto de capital adeudado, contenid.....