este Juzgado Vigésimo Primero (21º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: Se deja constancia del Pago realizado, el cual asciende a la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS BOLIVARES CON CUARENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.339.792,43), en la Oferta Real de Pago presentada por la entidad de trabajo Sociedad Mercantil BAYER, S.A., a favor del ciudadano FRANCISCO JAVIER GONZALEZ MIQUELENA, identificado en autos y que en este acto fue representado por sus herederos ciudadanos YRAIDA MIQUELENA DE GONZALEZ y FRANCISCO GONZALEZ GONZALEZ. Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.