Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: PRIMERO: LA HOMOLOGACION DE LA TRANSACCION, solo respecto a los hechos litigiosos comprendidos en la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, en los términos señalados en la presente decisión, pasándola en autoridad de cosa juzgada, presentada por el ciudadano RAFAEL JOSE CASTAÑEDA GONZALEZ, parte actora, asistido por el abogado JOSE DE JESUS MEDINA JIMENEZ, por una parte; y por la otra parte, la abogada PATRICIA VEGAS, apoderada judicial de la entidad de trabajo C.A CIGARRERA BIGOTT, SUCS, parte demandada SEGUNDO: Se deja constancia del pago efectuado únicamente en lo que se refiere a la cantidad de Bs. 155.302.684......