DISPOSITIVO
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: La existencia de una cuestión prejudicial que debe resolverse en un proceso distinto, por lo que se ordena SUSPENDER, el presente procedimiento por cobro de prestaciones sociales y otros derechos laborales incoado por el ciudadano RICHARD VILERA contra la sociedad mercantil SD FACTORY, C.A., hasta tanto no conste a los autos la resolución definitiva del recurso de nulidad signado bajo la nomenclatura AP21-N-2017-000124 la cual fue admitida en fecha 04.05.2018 por el Juzgado de Juicio que conoce la misma. Segundo: Se deja expresa constancia que una vez conste en autos las copias debidamente certificadas de la decisión definitivamente fi.....