Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Noveno (9°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesto en fecha 31 de mayo de 2018, por el abogado HÉCTOR RODRÍGUEZ TERRAZAS, en su condición de apoderado judicial de las partes presuntamente agraviadas contra la decisión dictada por el Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en fecha 05 de junio de 2018. SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en fecha 05 de junio de 2018. TERCERO: DESISTIDA la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos LEIDY MARIELLY BLANCO COLMENAREZ, SERGIO SIMILEY MOGOLLON PORTALES, ESTEFANY HAYM.....