Parte dispositiva
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA, que presentó Inversiones Kyo Tai Do Shin C.A. contra el ciudadano Jesús Ortega Arco. En consecuencia adopta las siguientes resoluciones:
1. Condena a la parte demandada a que la pague a la parte actora la cantidad de tres millones ochocientos ocho mil cuatrocientos cuatro bolívares con setenta y cinco céntimos (Bs.3.808.404,75) por concepto de las cuotas de condominio insolutas correspondiente a los meses que van desde enero de 2006 hasta marzo de 2007, ambos inclusive.
2. Condena a la parte demandada a que le pague a la parte actora la cantidad de sesenta y tres mil ochocientos diez y siete bolívares con sesenta y dos céntimos (Bs.63.817,62) por concepto de los intereses de mora de la cuotas de condominios antes referidas, a la rata del 3% anual, calculadas desde la fecha de sus pagos hasta 21 de mayo.....