III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Homologada la Transacción celebrada entre la ciudadana CARMEN TERESA SALAZAR DE COLMENARES, asistida por el Abogado en ejercicio JOSE MANUEL COLMENARES SALAZAR, en su carácter de la parte actora en el presente juicio, y la ciudadana CARMEN DIDIA RANGEL ANDRADE, asistida por la abogado ROSA ELISA BECERRA, parte demandada en este procedimiento, todos identificados plenamente en la parte inicial del fallo, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 277 del Código de Procedimiento Civil, no hay especial condenatoria en costas.-
TERCERO: Expídase copia certificada de la transacci.....