DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, CONSTITUIDO COMO TRIBUNAL UNIPERSONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara al Acusado: SHANDY DANIEL CHIRINOS ARIZA, quien dijo ser venezolano, natural Maracaibo, Estado Zulia, con fecha de nacimiento 22/03/79, de 30 años de edad, de profesión u oficio comerciante, de estado civil concubino, hijo de Mariela Cruz Ariza Ortiz y Antonio Chirinos, residenciado en la Urbanización Teodokilda, manzana 128, casa número 10, Puerto Ordaz, Estado Bolívar, CULPABLE en grado de coautoría del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÌCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Artículo 5 y 6 numerales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre del Hurto y Robo de Vehículos, en concordancia con el ordinal 4º del articulo 74.....