Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la apelación ejercida por la representación judicial de la parte demandada.
Se revoca la Sentencia dictada en fecha 29 de Junio de 1999, por el Juzgado Tercero de Parroquia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Se ORDENA a las demandadas la entrega a la parte actora, libre de bienes y personas el módulo o cubículo identificado en autos.