DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Nº 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA INHIBICIÓN presentada por la Dra. GARDENIA DEL CARMEN DELGADO VALERA, en su carácter de Juez Vigésima Tercera (23°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en la causa signada con el Nº 7710-06, nomenclatura de ese Despacho seguida contra del ciudadano WILMER LINARES, por la presunta comisión del delito de ROBO FRUSTRADO, previsto y sancionado en el artículo 455, en concordancia con el artículo 80, ambos del Código Penal vigente, inhibición planteada con fundamento en el artículo 86 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, todo ello de conformidad con el artículo 96 ejusdem, en concordancia con el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en cons.....